Auto Supremo AS/0704/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0704/2015-RA

Fecha: 30-Nov-2015

En cuanto a los demás requisitos de admisibilidad, del análisis del único motivo, sometido a


V. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS

En el presente caso, se establece que el 26 de agosto de 2015 el recurrente fue notificado con el Auto de Vista impugnado y el 2 de septiembre del mismo año, formuló el presente recurso de casación; es decir, dentro del plazo de cinco días hábiles siguientes a su legal notificación, cumpliendo el requisito temporal previsto por el art. 417 del CPP.

En cuanto a los demás requisitos de admisibilidad, del análisis del único motivo, sometido a conocimiento de este Tribunal, el recurrente denuncia, que el Tribunal de alzada, incurrió en falta de fundamentación, aduciendo que los Vocales de la Sala Penal se limitaron a cambiar y quitar algunas palabras de la Resolución impugnada y que en el fondo contendría la misma fundamentación que el Auto de Vista que fue anulado por el Auto Supremo 169 de 12 de marzo de 2015, dictado en el presente caso, manteniendo en lo sustancial la fundamentación del fallo recurrido, vulnerando de ese modo el debido proceso en su vertiente de la debida fundamentación de las resoluciones y del principio de legalidad, que afecta al principio de seguridad jurídica. Sobre este motivo el recurrente invoca los Autos Supremos 368 de 17 de septiembre de 2005, 440 de 30 de agosto de 2001, 55 de 9 de marzo de 2010, 342 de 28 de agosto de 2006, 349 de 28 de agosto de 2006, 218 de 28 de junio de 2006, 562 de 1 de octubre de 2004; empero, sin cumplir a cabalidad con la carga procesal de explicar, la contradicción existente entre el Auto de Vista y los precedentes invocados, limitándose, a transcribir partes de los referidos precedentes, aspecto que imposibilita a este Tribunal efectuar su labor encomendada por ley