Por lo expuesto, este Tribunal de casación, establece, que la Resolución de anulación del juicio
Por lo expuesto, este Tribunal de casación, establece, que la Resolución de anulación del juicio determinada por el Tribunal de alzada, se halla debidamente justificada, pues la falta de lectura de la parte resolutiva de la Sentencia vulnera el principio de continuidad y seguridad jurídica, tutelados por los arts. 334 del CPP y 180.I de la CPE, por inobservancia de lo dispuesto por los arts. 357 y 358 de la norma Adjetiva Penal; por lo que al no constatarse la vulneración del debido proceso como sostiene la parte recurrente, corresponde declarar infundado el recurso de casación
- Por memorial presentado el 21 de diciembre de 2011, cursante de fs
- a) Por Resolución 03/10 de 25 de junio de 2010 (fs
- b) Contra la mencionada Sentencia, la parte acusadora interpuso recurso de apelación restringida (fs
- Por Auto Supremo 550/2015-RA-L de 16 de septiembre, este Tribunal declaró admisible el recurso de
- Por Sentencia de 25 de junio de 2010 (fs
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- La apelación restringida expuesta precedentemente, fue resuelta a través del Auto de Vista impugnado, emitido
- El Debido Proceso, es una característica del Estado de derecho, que protege los valores y
- El Auto Supremo 251/2012 de 17 de septiembre, refiriéndose al debido proceso, señaló: “El debido
- Es decir, la seguridad jurídica está prevista y como un derecho en el art
- En el caso de autos, el recurrente alega la vulneración del debido proceso, porque el
- De la revisión del recurso de apelación restringida interpuesto por la parte querellante, se tiene
- Sobre el particular, el art
- Por lo expuesto, este Tribunal de casación, establece, que la Resolución de anulación del juicio
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
