Auto Supremo AS/0819/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0819/2015-RA-L

Fecha: 16-Nov-2015

Por otra parte, la recurrente, no ingresa a identificar, qué agravio se hubiera materializado con


Por otra parte, la recurrente, no ingresa a identificar, qué agravio se hubiera materializado con el Auto de Vista impugnado, así ni siquiera menciona cómo entiende que se materializó el agravio alegado y cuál el resultado dañoso, limitándose a enunciar afirmaciones del Auto de Vista que guardan relación con una pretendida actividad de valoración del Tribunal de alzada respecto a los motivos de la apelación restringida, resultando, que la vulneración acusada, guarda relación en todo caso con los fundamentos de la Sentencia y una supuesta valoración defectuosa de la prueba cuyo reclamo oportuno por el ahora recurrente no consta ni como fundamento del Auto de Vista impugnado, ni como componente del recurso de casación interpuesto, con lo que, tampoco cumple con los presupuestos de flexibilización establecidos por este Tribunal y explicados en el acápite III de este Auto, deviniendo en consecuencia en inadmisible