Por memorial presentado el 17 de septiembre de 2011, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 825/2015-RA-L
Sucre, 16 de noviembre de 2015
Expediente: Santa Cruz 89/2011
Parte Acusadora: Ministerio Público y otra
Parte Imputada: Richard Soruco Chuve
Delito: Violación agravada
RESULTANDO
Por memorial presentado el 17 de septiembre de 2011, cursante de fs. 509 a 510; Richard Soruco Chuve, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista de 11 de febrero de 2011, de fs. 498 a 501, pronunciado por la Sala Penal Primera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Ana Karen Cacias Ramírez contra el recurrente por la presunta comisión del delito de Violación descrito por el art. 308 del Código Penal (CP), en relación con los incs. 1) y 2) del art. 310 del mismo cuerpo legal
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 825/2015-RA-L
Sucre, 16 de noviembre de 2015
Expediente: Santa Cruz 89/2011
Parte Acusadora: Ministerio Público y otra
Parte Imputada: Richard Soruco Chuve
Delito: Violación agravada
RESULTANDO
Por memorial presentado el 17 de septiembre de 2011, cursante de fs. 509 a 510; Richard Soruco Chuve, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista de 11 de febrero de 2011, de fs. 498 a 501, pronunciado por la Sala Penal Primera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Ana Karen Cacias Ramírez contra el recurrente por la presunta comisión del delito de Violación descrito por el art. 308 del Código Penal (CP), en relación con los incs. 1) y 2) del art. 310 del mismo cuerpo legal
- Por memorial presentado el 17 de septiembre de 2011, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Richard Soruco Chuve, interpuso recurso de
- c) Notificado el recurrente con el referido Auto de Vista el 16 de septiembre
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, de la revisión de antecedentes, se constata
- En cuanto al motivo, identificado en el recurso, relacionado a la supuesta inobservancia de los
- Por otra parte, el recurrente, menos aún ingresa a identificar que agravio se hubiere materializado
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
