Auto Supremo AS/0825/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0825/2015-RA-L

Fecha: 16-Nov-2015

Por otra parte, el recurrente, menos aún ingresa a identificar que agravio se hubiere materializado


Por otra parte, el recurrente, menos aún ingresa a identificar que agravio se hubiere materializado con el Auto de Vista impugnado, así como ni siquiera menciona cómo entiende que se materializó el agravio alegado y cuál el resultado dañoso, limitándose a enunciar afirmaciones del Auto de Vista que guardan relación con una actividad de valoración del Tribunal de alzada respecto de los motivos de la apelación restringida, resultando que la vulneración acusada, guarda relación en todo caso, con los fundamentos de la sentencia y una supuesta valoración de prueba ilegal cuyo reclamo oportuno por el ahora recurrente no consta ni como fundamento del Auto de Vista impugnado ni como componente del recurso de casación interpuesto, con lo que, tampoco cumple con los presupuestos de flexibilización establecidos por este Tribunal y explicados en el acápite III de este Auto, deviniendo en consecuencia en inadmisible