Auto Supremo AS/0833/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0833/2015-RA-L

Fecha: 24-Nov-2015

Reitera que no se demostró que su persona haya cometido los delitos endilgados y refiere


Reitera que no se demostró que su persona haya cometido los delitos endilgados y refiere que “los hechos que motivaron el juicio oral, en ningún momento se adecuan al tipo penal previsto y sancionado en el artículo 20 del Código Penal y los artículos 332 con relación al 8vo. y 271 del Código Penal” (sic). De igual manera, señala que la valoración probatoria realizada tanto por el Tribunal de alzada como del inferior, carece de fundamentación, y en consecuencia, no se enmarcan a las previsiones contenidas en los arts. 124 y 359 del CPP