Auto Supremo AS/0861/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0861/2015

Fecha: 03-Nov-2015

CONSIDERANDO I

Distrito: La Paz
Magistrado Relator : Dr. Pastor Segundo Mamani Villca

VISTOS: El recurso de casación en el fondo interpuesto por Fernando Molina Rivera en representación de la Cooperativa de Teléfonos Automáticos La Paz (COTEL Ltda.). Cortez (fs. 267 a 270), contra el Auto de Vista Nº 126/14 de 17 de noviembre de fs. 256 a 257, pronunciado por la Sala Social y Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso social de beneficios sociales seguido por Salustio José Carazas Plata contra COTEL Ltda., representado por Fernando Molina Rivera, la respuesta de fs. 276 a 278, el Auto que concedió el recurso de fs. 282; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
I. Antecedentes del proceso
I.1 Sentencia
Concluida la Demanda de Beneficios Sociales, el Juez Séptimo de Trabajo y Seguridad Social de La Paz, pronunció la Sentencia Nº 268/2013 de 18 de octubre, de fs. 216 a 223, mediante la cual, declaró probada en parte la demanda, e improbada la Excepción Perentoria de Prescripción, disponiendo que la demandada COTEL Ltda. a través de su representante, proceda al pago a favor del demandante, la suma de Bs. 189.530,83.- por concepto de salarios devengados, aguinaldo y bono de antigüedad y, en ejecución de fallos, calcularse los montos adeudados, por la entidad demandada respecto a la nivelación salarial Nivel 9, demandado por el actor