Por los criterios expuestos, corresponde resolver el recurso de casación, en la forma que prevén
En ese sentido, los estándares mínimos que debían ser observados por el recurrente para denunciar indebida interpretación en la valoración de la prueba no fueron cumplidos.
Por los criterios expuestos, corresponde resolver el recurso de casación, en la forma que prevén los arts. 271.1 y 272.2 del CPC, aplicables al caso de Autos por mandato de la norma permisiva contenida en el art. 252 del CPT
Por los criterios expuestos, corresponde resolver el recurso de casación, en la forma que prevén los arts. 271.1 y 272.2 del CPC, aplicables al caso de Autos por mandato de la norma permisiva contenida en el art. 252 del CPT
- Demandada: COTEL Ltda
- CONSIDERANDO I
- En el caso presente, la parte recurrente cuestiona el Auto de Vista Nº 126/14 de
- Asimismo, conforme a la naturaleza del instituto, la disposición legal anterior citada, debe interpretarse en
- En el propósito anterior debe tenerse en cuenta que la esfera competencial del tribunal de
- En ese marco, el tribunal de casación se encuentra limitado a verificar y corregir en
- Así entonces y para prevenir cualquier arbitrariedad que adopte acciones de hecho en vez de
- En el marco de lo anterior y con la finalidad de precisamente permitir al tribunal
- En la línea de lo expuesto y las normas citadas, no resulta difícil concluir que
- Así entonces y teniendo en cuenta que es el cumplimiento de los requisitos de procedencia
- En efecto, el Art
- Consiguientemente, conforme a lo expuesto, cuando se persigue la casación de una resolución de grado
- Para mejor comprender lo anterior expuesto, es necesario recordar que conforme se tiene doctrinalmente admitido,
- Sobre éste particular tiene dicho el Tribunal de casación que: “constituye causal recursiva en grado
- Siguiendo el razonamiento anterior y teniendo en cuenta que en línea de principio toda decisión
- En el presente caso, el recurrente se limita a acusar error en la apreciación de
- Por los criterios expuestos, corresponde resolver el recurso de casación, en la forma que prevén
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado
