Para mejor comprender lo anterior expuesto, es necesario recordar que conforme se tiene doctrinalmente admitido,
Para mejor comprender lo anterior expuesto, es necesario recordar que conforme se tiene doctrinalmente admitido, el error de hecho en la apreciación de la prueba supone una operación racional fallida respecto del contenido de la prueba o, dicho de otro modo, de lo que la prueba en particular materia de análisis informa; en cambio el error de derecho supone el desconocimiento de la prueba como tal, el mismo que puede producirse al momento del ingreso de dicho material a la red probatoria o al momento del juicio del juzgador
- Demandada: COTEL Ltda
- CONSIDERANDO I
- En el caso presente, la parte recurrente cuestiona el Auto de Vista Nº 126/14 de
- Asimismo, conforme a la naturaleza del instituto, la disposición legal anterior citada, debe interpretarse en
- En el propósito anterior debe tenerse en cuenta que la esfera competencial del tribunal de
- En ese marco, el tribunal de casación se encuentra limitado a verificar y corregir en
- Así entonces y para prevenir cualquier arbitrariedad que adopte acciones de hecho en vez de
- En el marco de lo anterior y con la finalidad de precisamente permitir al tribunal
- En la línea de lo expuesto y las normas citadas, no resulta difícil concluir que
- Así entonces y teniendo en cuenta que es el cumplimiento de los requisitos de procedencia
- En efecto, el Art
- Consiguientemente, conforme a lo expuesto, cuando se persigue la casación de una resolución de grado
- Para mejor comprender lo anterior expuesto, es necesario recordar que conforme se tiene doctrinalmente admitido,
- Sobre éste particular tiene dicho el Tribunal de casación que: “constituye causal recursiva en grado
- Siguiendo el razonamiento anterior y teniendo en cuenta que en línea de principio toda decisión
- En el presente caso, el recurrente se limita a acusar error en la apreciación de
- Por los criterios expuestos, corresponde resolver el recurso de casación, en la forma que prevén
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado
