Auto Supremo AS/0869/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0869/2015

Fecha: 03-Nov-2015

Que así planteado el recurso de casación en el fondo, de la revisión y compulsa

CONSIDERANDO II:
II.1. Fundamentos jurídicos del fallo
Que así planteado el recurso de casación en el fondo, de la revisión y compulsa de los antecedentes del proceso y las normas aplicables a la materia, se tiene:
Que, la problemática se circunscribe, si la solicitante Sra. Nancy Vargas Díaz, (derechohabiente), tiene derecho por parte de su esposo (causante) Sr. Rufino Acuña Zapata, a percibir la Renta de Viudedad en el marco de las disposiciones contenidas en el Código de Seguridad Social y Manual de Prestaciones de Rentas en Curso de Pago y Adquisición; puesto que, la entidad estatal SENASIR, discrepa de lo resuelto afirmativamente por el Tribunal ad quem, con el argumento que el matrimonio entre la solicitante y el causante ocurrida el 04 de enero de 1997, tiene vicios de nulidad al no contar -el causante-, con libertad de estado para contraer un nuevo matrimonio y no existir antecedentes que demuestren la convivencia con el causante durante los dos últimos años, lo que haría improcedente la solicitud de pago de Renta de Viudedad en apego a la normativa de seguridad social vigente