Auto Supremo AS/0869/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0869/2015

Fecha: 03-Nov-2015

Que en mérito a la falta de valoración de lo detallado precedentemente y en concordancia

Que en mérito a la falta de valoración de lo detallado precedentemente y en concordancia con el Auto Supremo N° 410 de 10 de noviembre de 2008, se establece que no corresponde otorgar la renta de viudedad, interpuesta por la Sra. Nancy Vargas Díaz, al no haber convivido con el causante durante los últimos 2 años anteriores al fallecimiento del causante, adecuando se a lo prescrito por los art. 32 y 34 del Manual de Prestaciones de Rentas en Curso de Pago y Adquisición, norma especial por la que se rige la otorgación de rentas de derechohabientes, concordante con el art. 140 del CF