De esta manera y toda vez que Hans Peter Byren Johansson, Berit Rose Marie Swahn
De esta manera y toda vez que Hans Peter Byren Johansson, Berit Rose Marie Swahn Karlsson de Byren contestaron a la acción reconvencional sin haber sido citados, el Juez A quo los tuvo por citados tácitamente, dejando consecuentemente sin efecto su citación mediante edictos, disponiendo que se proceda a la citación de los demás demandados mediante edictos, es decir a Gerardo Pacifico Gaite Sánchez y contra todos quienes se creyeren con igual o mejor derecho (decreto de fecha 18 de septiembre de 2008, de fs. 97). Es así que los demandados reconvencionales, dando cumplimiento a lo dispuesto por el Juez A quo, procedieron a citar a los demás demandados mediante edictos (fs. 106 a 107); antecedentes en razón de los cuales el Juez de Primera Instancia les designó defensor de oficio
- CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Contra la referidas Resoluciones, Alberto Martínez Méndez, Nancy Martínez Méndez y Jof Martínez Méndez, interpusieron
- En merito a esos antecedentes, la Sala Civil Primera de la entonces Corte Superior del
- Resolución que dio lugar al Recurso de Casación en la forma, interpuesto por Nancy Martínez
- Acusan que los Vocales del Tribunal de Alzada no resolvieron todos los agravios de la
- Denuncian que el Auto de Vista no tiene base legal, toda vez que la defensora
- Por los fundamentos expuestos solicita anular el Auto de Vista y se ordene la emisión
- Del análisis del Recurso de Casación en la forma, se tiene que los reclamos acusados
- De esta manera y toda vez que Hans Peter Byren Johansson, Berit Rose Marie Swahn
- Tramitado el proceso, el Juez A quo emitió la Sentencia respectiva cursante de fs
- De la revisión de dichos antecedentes se tiene que, evidentemente no cursa en obrados constancia
- Bajo ese entendimiento expuesto precedentemente, el parágrafo I del art
- En el caso de Autos, como ya se refirió anteriormente, si bien el Juez A
- Situación diferente hubiese sido el hecho de que la pretensión reconvencional de usucapión quinquenal haya
- Por dicho motivo, se deberá dar aplicación a lo dispuesto en el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Siendo excusable el error no se impone multa
- En previsión al art
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
