Ahora bien, respecto a que previamente a realizarse la medida preparatoria de inspección judicial, el
Ahora bien, respecto a que previamente a realizarse la medida preparatoria de inspección judicial, el recurrente habría especificado la ubicación del terreno objeto del presente proceso, sus límites y colindancias; es importante señalar que en virtud a las pruebas adjuntas en el presente proceso de acción reivindicatoria, se determinó que pese a haberse realizado la inspección judicial en los terrenos ocupados por los demandados, el mismo no es de propiedad del recurrente y que al contrario los documentos que demuestran su derecho propietario pertenecen a otro inmueble cercano al cual pretende la reivindicación
- Proceso: Reivindicación
- Distrito: Tarija
- CONSIDERANDO I:
- Contra la referida Sentencia, Pastor Carrazana Jiménez, interpuso Recurso de Apelación cursante de fs
- En merito a esos antecedentes, la Sala Civil Primera de la entonces Corte Superior del
- Resolución que dio lugar al Recurso de Casación en la forma y en el fondo,
- CONSIDERANDO II:
- Refiere también, que se está violando el derecho a la propiedad privada, toda vez que
- Refiere que no se valoró la prueba documental cursante en obrados, tampoco la prueba testifical
- Fundamentos por los cuales solicita se dicte Auto Supremo conforme lo prevé el art
- CONSIDERANDO III:
- En la forma
- En el fondo
- Ahora bien, respecto a que previamente a realizarse la medida preparatoria de inspección judicial, el
- Respecto a la vulneración del derecho a la propiedad, debemos señalar que la resolución recurrida
- De esta manera, por los fundamentos expuestos en relación al recurso de casación en el
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
