ANTECEDENTES DEL PROCESO
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 1045/2015 - L
Sucre: 16 de Noviembre 2015
Expediente: CH – 38 – 11 – S
Partes: Juana Poquechoque Valencia c/ Luis Alejandro Miranda Zelada
Proceso: Resolución de contrato
Distrito: Chuquisaca
VISTOS: El recurso de casación de fs. 389 a 392 y vta., formulado por Luis Alejandro Miranda Zelada, contra el Auto de Vista Nº SCII-297, de 06 de septiembre de 2011 que cursa de fs. 380 a 382, pronunciado por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior de Justicia (hoy Tribunal Departamental de Justicia) de Chuquisaca, en el proceso ordinario de resolución de contrato seguido por Juana Poquechoque Valencia en contra del recurrente, la concesión del recurso de fs. 406, los antecedentes del proceso, y;
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
La Jueza de Partido Sexto en lo Civil pronuncia la Sentencia Nº 013, de 09 de abril de 2011 que cursa de fs. 357 a 359, declarando probada en parte la demanda de fs. 73 a 76 ratificada en fs. 80 a 83 e improbada la excepción perentoria de falta de acción y derecho opuestas a fs. 97 a 99, sin costas
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 1045/2015 - L
Sucre: 16 de Noviembre 2015
Expediente: CH – 38 – 11 – S
Partes: Juana Poquechoque Valencia c/ Luis Alejandro Miranda Zelada
Proceso: Resolución de contrato
Distrito: Chuquisaca
VISTOS: El recurso de casación de fs. 389 a 392 y vta., formulado por Luis Alejandro Miranda Zelada, contra el Auto de Vista Nº SCII-297, de 06 de septiembre de 2011 que cursa de fs. 380 a 382, pronunciado por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior de Justicia (hoy Tribunal Departamental de Justicia) de Chuquisaca, en el proceso ordinario de resolución de contrato seguido por Juana Poquechoque Valencia en contra del recurrente, la concesión del recurso de fs. 406, los antecedentes del proceso, y;
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
La Jueza de Partido Sexto en lo Civil pronuncia la Sentencia Nº 013, de 09 de abril de 2011 que cursa de fs. 357 a 359, declarando probada en parte la demanda de fs. 73 a 76 ratificada en fs. 80 a 83 e improbada la excepción perentoria de falta de acción y derecho opuestas a fs. 97 a 99, sin costas
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Resolución de primera instancia que fue recurrida de apelación por la parte demandada y resuelta
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Acusa infracción del art
- Acusa aplicación errónea del art
- Arguye violación de los arts
- Por lo que solicita se case el Auto de Vista y se declare improbada la
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Sobre dicha acusación corresponde señalar que el Juez en su decisorio señaló que el contrato
- Corresponde señalar que el art
- Por lo expuesto corresponde emitir Resolución en la forma prevista en el art
- POR TANTO
- Sin responsabilidad por se excusable el error incurrido
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Dr. Rómulo Calle Mamani.
