Con relación la temática planteada invocó como precedentes contradictorios, respecto al principio pro actione, favor
En ese sentido con relación al Auto Supremo 501/2011-R de 25 de abril, revisada la base de datos de este Máximo Tribunal de Justicia, se advierte que el mismo no cursa en dicha base; por otro lado, respecto del Auto Supremo 13/2013 RRC de 6 de febrero, el mismo no contiene doctrina legal aplicable que contrastar con el Auto de Vista debido a que su pretensión fue rechazada al declararse infundado; situación por la cual, los mismos no son considerados.
Con relación la temática planteada invocó como precedentes contradictorios, respecto al principio pro actione, favor debilis, pro homine y la existencia de defectos absolutos, los Autos Supremos 201/2013 de 2 de agosto, 85/2012-RA de 4 de mayo; de los mismos, señaló que la contradicción consiste en el que Auto de Vista declaró inadmisible su recurso sin considerar el principio pro actione y pro homine y que ante la existencia de defectos absolutos se debió declarar la admisibilidad, en ese sentido, se advierte que en su recurso de apelación restringida reclamó que fue sentenciado por el delito de Estelionato cuando el bien por el que fue procesado no está mencionado en la acusación aspecto que constituye defecto absoluto comprendido en el art. 169 inc. 3) del CPP; en tal sentido, habiendo el recurrente cumplido con la carga argumentativa mínima para la verificación de contradicción por este Tribunal, el motivo resulta admisible
- Por memorial presentado el 1 de octubre de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, se establece que el 24 de septiembre de 2015 (fs
- Con relación al único motivo, refiere que el Auto de Vista no tomó en cuenta
- Con relación la temática planteada invocó como precedentes contradictorios, respecto al principio pro actione, favor
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
