El art
III.REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN
El art. 180.II de la Constitución Política del Estado (CPE), garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana de Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos; empero, “El derecho a recurrir es un derecho condicionado, su ejercicio va a depender de la concurrencia de los presupuestos y requisitos legalmente establecidos” (Rosa Pascual – Los recursos en el CPP); por lo cual los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, deben observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del CPP
- Por memorial presentado el 5 de noviembre de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes remitidos en casación, se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el acusador particular interpuso apelación restringida (fs
- c) El 28 de octubre de 2015 (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- En el otrosí de su memorial, cita los precedentes contradictorios: Autos Supremos 55 de 9
- El art
- Dentro de ese mismo contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, se establece que el 28 de octubre de 2015 (fs
- Con relación al primer motivo advertido, el recurrente denuncia vulneración del principio de legalidad, toda
- Del análisis del presente recurso, permite a éste Tribunal concluir que el recurrente en su
- Asimismo, en el otrosí de su memorial señala los Autos Supremos, limitándose el recurrente únicamente
- Requisitos que son ineludibles para decretar la admisibilidad del recurso de casación; inobservancias que hacen
- En consecuencia, se establece que el recurso de casación deducido, no cumple con los requisitos
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
