En el otrosí de su memorial, cita los precedentes contradictorios: Autos Supremos 55 de 9
En el otrosí de su memorial, cita los precedentes contradictorios: Autos Supremos 55 de 9 de marzo de 2010, 518 de 17 de noviembre de 2006, 114/2006 de 20 de abril, 46/2012 de 23 de marzo, 64/2012 de 19 de abril, 55/2010 de 9 de marzo, 437/2007 de 24 de agosto, “418/2006 de 10 de octubre de 2010” (sic), 507/2007 de 11 de octubre, 4/2013 de 21 de febrero, 248/2012 de 10 de octubre, 190/2012 de 2 de agosto, “256/2011 de 6 de mayo de 2012” (sic) y 438/2007 de 24 de agosto
- Por memorial presentado el 5 de noviembre de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes remitidos en casación, se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el acusador particular interpuso apelación restringida (fs
- c) El 28 de octubre de 2015 (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- En el otrosí de su memorial, cita los precedentes contradictorios: Autos Supremos 55 de 9
- El art
- Dentro de ese mismo contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, se establece que el 28 de octubre de 2015 (fs
- Con relación al primer motivo advertido, el recurrente denuncia vulneración del principio de legalidad, toda
- Del análisis del presente recurso, permite a éste Tribunal concluir que el recurrente en su
- Asimismo, en el otrosí de su memorial señala los Autos Supremos, limitándose el recurrente únicamente
- Requisitos que son ineludibles para decretar la admisibilidad del recurso de casación; inobservancias que hacen
- En consecuencia, se establece que el recurso de casación deducido, no cumple con los requisitos
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
