En un segundo motivo, la recurrente denuncia la inobservancia del art
En un segundo motivo, la recurrente denuncia la inobservancia del art. 13 del CP, arguyendo que no se valoró la existencia de los elementos constitutivos de los delitos acusados, así como la prueba existente por parte del Tribunal de apelación; sobre este motivo se observa que la recurrente no cumple con la carga procesal de invocar los precedentes presuntamente contradictorios en relación al Auto de Vista impugnado, menos explica de manera clara, precisa y debidamente fundamentada, cuál la contradicción en relación a lo determinado en el Auto de Vista ahora impugnado, conforme a la exigencia establecida por los citados arts. 416 y 417 del CPP, para que este Tribunal, en virtud a la competencia que le asigna el art. 419 del CPP, con relación al art. 42 de la LOJ, ingrese al análisis de fondo del recurso de casación y proceda a enmendar posibles errores y omisiones cometidas por el Tribunal de apelación
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- Con relación a los demás requisitos, de la revisión del recurso, se establece que la
- En un segundo motivo, la recurrente denuncia la inobservancia del art
- En consecuencia, ante las omisiones incurridas en la formulación del recurso que no pueden ser
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
