Regístrese, hágase saber y devuélvase
Consecuentemente, la mencionada abogada, no se encuentra legitimada para la interposición del presente recurso en representación de su defendido, toda vez que el recurso de casación debió ser firmado por el imputado, aspecto que no ocurrió en el presente caso, por lo cual deviene en inadmisible.
POR TANTO
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 418 del CPP, declara INADMISIBLE el recurso de casación cursante de fs. 188 a 189 vta.
Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Por memorial presentado el 11 de marzo de 2015 cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Wilson Murillo Zurita interpuso recurso de apelación
- c) Por diligencia de 10 de marzo de 2015 (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- Agrega que hubo contravención a los arts
- En cuanto al examen de admisibilidad del recurso de casación, este Tribunal debe verificar entre
- Es así, que respecto a la legitimación activa para impugnar una resolución judicial, el Auto
- En ese sentido, el citado Auto Supremo, precisó que: ‘
- Ahora bien, de la revisión a prima facie del recurso de casación sujeto a análisis,
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
