Agravios expuestos en el recurso de apelación que evidentemente fueron obviados por el Tribunal de
Claramente del recurso de apelación entre otros agravios se acusó, la falta de pronunciamiento sobre el certificado del Juzgado de Partido 6to. en lo Civil, así como las documentales de fs. 242 a 252 donde se acreditaría el proceso de usucapión seguido por los hermanos Vera Ticona contra con el ahora demandante, se dictó Sentencia de usucapión que tendría calidad de cosa juzgada sobre la fracción objeto de Litis, así como la omisión de la minuta de fs. 76 y fs. 77 conforme a sus fundamentos expuestos.
Agravios expuestos en el recurso de apelación que evidentemente fueron obviados por el Tribunal de Segunda instancia, quien se limitó a establecer y definir los efectos y alcances de la presente acción de reivindicación, siendo evidente la violación al art. 236 del C.P.C., máxime, si dicho reclamo fue observado oportunamente vía los mecanismos que establece la ley
Agravios expuestos en el recurso de apelación que evidentemente fueron obviados por el Tribunal de Segunda instancia, quien se limitó a establecer y definir los efectos y alcances de la presente acción de reivindicación, siendo evidente la violación al art. 236 del C.P.C., máxime, si dicho reclamo fue observado oportunamente vía los mecanismos que establece la ley
- resarcimiento
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Sentencia que fue impugnada por Fortunata Andrea Vera de Pomar, quien interpuso recurso de apelación
- Contra el citado Auto de Vista Fortunata Andrea Ver de Pomar interpuso recurso de casación
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Acusa que el Tribunal de apelación no se circunscribe a los ocho puntos de apelación,
- Expresa violación del art
- Alude que se otorgó más de lo pedido, ya que, según tarjeta de propiedad de
- Expresa vulneración al art
- Señala que el incidente de nulidad de fs
- Expresa el Auto de Vista no ha verificado la existencia de siete personas demandadas
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- De manera introductoria en principio corresponde señalar que, dos puntos del recurso de casación en
- En ese sentido, corresponde precisar que el recurso de casación en la forma, denominado también
- Sin embargo, en materia de nulidades se debe tener presente que rigen principios que necesariamente
- En esa orientación, el art
- En ese sentido el Tribunal Ad quem a tiempo de resolver la Alzada tiene un
- Del análisis del proceso, en si del recurso de apelación y del Auto de Vista
- Agravios expuestos en el recurso de apelación que evidentemente fueron obviados por el Tribunal de
- Asimismo, a manera de orientación corresponderá al Tribunal de Segunda instancia en aplicación del art
- Por las razones expuestas, corresponde a este Tribunal emitir Resolución en sujeción a lo determinado
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Sin responsabilidad por ser excusable
- En cumplimiento del art. 17.IV de la L.O.J. remítase copia al consejo de la Magistratura
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
