Auto Supremo AS/1151/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1151/2015

Fecha: 09-Dic-2015

Señala que el incidente de nulidad de fs

Refiere que el término de prueba no se ha abierto, porque el Auto de apertura de término de prueba no se ha notificado a Porfirio Mario Vera Ticona. Incumpliendo lo establecido en el art. 17 de la L.O.J., concordante con el art. 252 del C.P.C.
Refiere que al momento de contestar la demanda los seis demandados han fundado su contestación afirmando que habían iniciado y estaba en trámite una acción de usucapión sobre 150 m2., de superficie contra el ahora demandante ante el Juzgado de Partido 6to de Partido en lo Civil, posteriormente se ha probado la conclusión de ese proceso de usucapión con las fotocopias legalizadas de fs. 242 a 252, sin embargo este punto que ha sido objeto del recurso de apelación no ha sido tomado en cuenta por el Tribunal de apelación.
Señala que el incidente de nulidad de fs. 115 sobre la existencia de siete demandados y falta de reconocimiento o negativa a la demanda, no ha sido resuelto en forma coherente, ni completa, ya que, no resolvieron nada sobre el número de personas demandas y no resuelve nada sobre la contestación a la demanda reconvencional