ANTECEDENTES DEL PROCESO
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 1161/2015 - L
Sucre: 16 de Diciembre 2015
Expediente: LP-148-11-S
Partes: Francisco Canaviri Blanco c/ Arminda Lazo Salazar
Proceso: Divorcio
Distrito: La Paz
VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 251 a 252 y vta., interpuesto por Arminda Lazo Salazar, contra el Auto de Vista Nº 282, de 26 de septiembre de 2011, cursante a fs. 247 a 248, pronunciado por la Sala Civil Primera de la entonces Corte Superior de Justicia de La Paz (hoy Tribunal Departamental de Justicia), dentro el proceso de Divorcio seguido por Francisco Canaviri Blanco contra Arminda Lazo Salazar, la respuesta de fs. 258 a 261, concesión de fs. 262, los antecedentes procesales; y,
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
El Juez Octavo de Partido Familia de la Capital – La Paz, mediante Sentencia Nº 478, de 11 de octubre 2010, cursante a fs. 177 a 180, declaró: IMPROBADA la demanda de fs. 4 y PROBADA la reconvención de fs. 15-16, por consiguiente disuelto el vínculo matrimonial que une a Francisco Canaviri Blanco y Arminda Lazo Salazar, debiendo en ejecución de Sentencia procederse a la cancelación de la partida matrimonial ante la Dirección del Registro Civil, a la que hace referencia el certificado de fs. 1 conforme a los datos que en él se consignan de conformidad al art. 398 del C.F
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 1161/2015 - L
Sucre: 16 de Diciembre 2015
Expediente: LP-148-11-S
Partes: Francisco Canaviri Blanco c/ Arminda Lazo Salazar
Proceso: Divorcio
Distrito: La Paz
VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 251 a 252 y vta., interpuesto por Arminda Lazo Salazar, contra el Auto de Vista Nº 282, de 26 de septiembre de 2011, cursante a fs. 247 a 248, pronunciado por la Sala Civil Primera de la entonces Corte Superior de Justicia de La Paz (hoy Tribunal Departamental de Justicia), dentro el proceso de Divorcio seguido por Francisco Canaviri Blanco contra Arminda Lazo Salazar, la respuesta de fs. 258 a 261, concesión de fs. 262, los antecedentes procesales; y,
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
El Juez Octavo de Partido Familia de la Capital – La Paz, mediante Sentencia Nº 478, de 11 de octubre 2010, cursante a fs. 177 a 180, declaró: IMPROBADA la demanda de fs. 4 y PROBADA la reconvención de fs. 15-16, por consiguiente disuelto el vínculo matrimonial que une a Francisco Canaviri Blanco y Arminda Lazo Salazar, debiendo en ejecución de Sentencia procederse a la cancelación de la partida matrimonial ante la Dirección del Registro Civil, a la que hace referencia el certificado de fs. 1 conforme a los datos que en él se consignan de conformidad al art. 398 del C.F
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Deducida la apelación por la demandada y remitida la misma ante la instancia competente, la
- En conocimiento de la determinación de segunda instancia, la demandada interpuso recurso de casación en
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Que las declaraciones de los testigos no serían validas por que las prestarían por simple
- Por lo anteriormente expuesto solicita se dicte Auto Supremo para invalidar la Resolución, casando en
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- En el caso de Autos, la recurrente plantea recurso de casación en el fondo, acusando
- En base a lo expuesto concluimos que, el recurrente al interponer recurso de casación en
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán
