En base a lo expuesto concluimos que, el recurrente al interponer recurso de casación en
En base a lo expuesto concluimos que, el recurrente al interponer recurso de casación en el fondo contra una Resolución anulatoria, no comprendió la naturaleza del fallo y equivocó el medio de impugnación deducido, toda vez que como se dijo anteriormente, el Tribunal de Alzada al haber anulado obrados, no ingresó a considerar el fondo del asunto ni mucho menos fundamentó su decisión en ese sentido, siendo viable contra ese tipo de resoluciones únicamente el recurso de casación en la forma para que el Tribunal de casación revise si los motivos que dieron lugar a la nulidad dispuesta son o no correctos; resultando por ello inviable y hasta ilógico interponer recurso de casación en el fondo contra una Resolución anulatoria
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Deducida la apelación por la demandada y remitida la misma ante la instancia competente, la
- En conocimiento de la determinación de segunda instancia, la demandada interpuso recurso de casación en
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Que las declaraciones de los testigos no serían validas por que las prestarían por simple
- Por lo anteriormente expuesto solicita se dicte Auto Supremo para invalidar la Resolución, casando en
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- En el caso de Autos, la recurrente plantea recurso de casación en el fondo, acusando
- En base a lo expuesto concluimos que, el recurrente al interponer recurso de casación en
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán
