CONSIDERANDO III: FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
CONSIDERANDO III: FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN:
De la lectura del memorial que refiere interponer recurso de casación en el fondo y en la forma, sensiblemente no se encuentra sustento alguno en ninguno de las dos vías de interposición, no existiendo diferenciación de que aspectos debieran considerarse en la forma como errores de procedimiento y que otros aspectos debieran ser considerados en el fondo de la causa. Y entre sus argumentos al parecer reclama porque no se hubiera aplicado los arts. 3 num. 1) y 6) del Código de Procedimiento Civil así como el art. 17.I de la Ley del Órgano Judicial, no siendo sustentado con ningún tipo de argumentos que pudieran ser considerados por el Tribunal de Casación
De la lectura del memorial que refiere interponer recurso de casación en el fondo y en la forma, sensiblemente no se encuentra sustento alguno en ninguno de las dos vías de interposición, no existiendo diferenciación de que aspectos debieran considerarse en la forma como errores de procedimiento y que otros aspectos debieran ser considerados en el fondo de la causa. Y entre sus argumentos al parecer reclama porque no se hubiera aplicado los arts. 3 num. 1) y 6) del Código de Procedimiento Civil así como el art. 17.I de la Ley del Órgano Judicial, no siendo sustentado con ningún tipo de argumentos que pudieran ser considerados por el Tribunal de Casación
- CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Resolución contra la que se interpuso recurso de apelación por Carlos Nina Sacari en representación
- En mérito a esos antecedentes la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de
- Resolución que dio lugar al recurso de casación formulado por parte de Thomas Hackett Howard
- CONSIDERANDO II: HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Al final indica que se ha infringido y aplicado erróneamente el art
- En el punto II refiere recurrir de casación en la forma y en el fondo,
- CONSIDERANDO III: FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Si bien en un segundo apartado denuncia haberse infringido y aplicado erróneamente el art
- Expuesto así el tema, no corresponde sino emitir Resolución conforme prevé el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
