Expuesto así el tema, no corresponde sino emitir Resolución conforme prevé el art
Para concluir, una vez más entra en el yerro de generalizar que la interposición de su recurso lo efectúa en la forma y en el fondo, sin siquiera señalar la norma en las que debiera sustentar su pretensión recursiva, confundiendo ambas vías cual si se tratase de uno mismo cuando existe diferencia substancial en su concepción, en ese antecedente y para finalizar, cuando pide dictar “Resolución de acuerdo a las formalidades de ley”, de lo que se establece que simplemente no existe pretensión recursiva como tal, de manera que se hace imposible considerar su petición, en razón a que se trata de un recurso de casación, en la que primero debe haberse diferenciado los aspectos que debieran considerarse en la forma y que otros aspectos en el fondo, asimismo con la debida coherencia el petitorio como pretensión recursiva.
Expuesto así el tema, no corresponde sino emitir Resolución conforme prevé el art. 271 num. 1) con relación al art. 272 del Código de Procedimiento Civil
Expuesto así el tema, no corresponde sino emitir Resolución conforme prevé el art. 271 num. 1) con relación al art. 272 del Código de Procedimiento Civil
- CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Resolución contra la que se interpuso recurso de apelación por Carlos Nina Sacari en representación
- En mérito a esos antecedentes la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de
- Resolución que dio lugar al recurso de casación formulado por parte de Thomas Hackett Howard
- CONSIDERANDO II: HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Al final indica que se ha infringido y aplicado erróneamente el art
- En el punto II refiere recurrir de casación en la forma y en el fondo,
- CONSIDERANDO III: FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Si bien en un segundo apartado denuncia haberse infringido y aplicado erróneamente el art
- Expuesto así el tema, no corresponde sino emitir Resolución conforme prevé el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
