Auto Supremo AS/0003/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0003/2015-L

Fecha: 24-Feb-2015

CONSIDERANDO II: Que conforme estableció la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo de Justicia, el recurso

2.- Falta de personería, la empresa no tiene dinero, para cubrir los requerimientos de los demandantes, porque en su oportunidad, tuvo que prestarse dinero de terceras personas, para cubrir las deudas a los trabajadores, los mismos que saben quién es el responsable actual de la Editora El Siglo S.A., que no se puede obligar a una persona ajena a la empresa a cubrir las obligaciones demandadas, situación que le dejaría indefensión.
Concluye, solicitando al Tribunal Supremo de Justicia, que lo liberen de un juicio ajeno a su persona y sea viable para que los trabajadores pidan a quien corresponda sus derechos sociales.
CONSIDERANDO II: Que conforme estableció la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo de Justicia, el recurso de casación se asimila a una nueva demanda de puro derecho, que debe contener los requisitos enumerados en el artículo 258 Código de Procedimiento Civil, además de fundamentarse por separado de manera precisa y concreta cuáles son las causas que motivan la casación ya sea en la forma o en el fondo, no siendo suficiente la simple cita de disposiciones legales, sino demostrar en qué consiste la infracción que se acusa