Auto Supremo AS/0017/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0017/2015-RA-L

Fecha: 04-Feb-2015

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 017/2015-RA-L
Sucre, 04 de febrero de 2015

Expediente: Cochabamba 183/2009
Parte acusadora: Ministerio Público y otro
Parte imputada: Freddy Orlando Torrico Escobar
Delitos: Estafa y otros

RESULTANDO

Por memorial presentado el 4 de diciembre de 2009, cursante de fs. 180 a 182 vta., Freddy Orlando Torrico Escobar, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 102/2009 de 12 de Noviembre, de fs. 176 y vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Roberto Fernández Morales contra Freddy Orlando Torrico Escobar, por la presunta comisión de los delitos de falsedad material, falsedad ideológica, uso de instrumento falsificado y estafa, previstos y tipificados por los arts. 198,199, 203 y 335 del Código Penal (CP) respectivamente.

I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) En merito a la acusación pública (fs. 3 a 6) y particular (fs. 15 a 17), una vez desarrollada la audiencia de juicio oral, el Tribunal Tercero de Sentencia de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, por Sentencia de 23 de Octubre de 2008 (fs. 144 a 149), declaró al imputado Freddy Orlando Torrico Escobar autor y culpable por los delitos de falsedad ideológica, uso de instrumento falsificado y estafa previstos y sancionados por los arts. 199, 203 y 335 del CP, sancionándolo a sufrir la pena de seis años y seis meses de reclusión a cumplir en el penal de San Sebastián de la ciudad de Cochabamba; asimismo, se lo absolvió por la comisión del delito de falsedad material prevista y sancionada por el art. 198 del CP