Del memorial de fs. 180 a 182 vta., se extraen los siguientes motivos
II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
Del memorial de fs. 180 a 182 vta., se extraen los siguientes motivos:
1) Luego de una relación de los antecedentes donde se cita de forma referencial el Auto Supremo 333 de 10 de septiembre de 1997, el recurrente comienza a exponer los agravios sufridos respecto al Auto de Vista impugnado, argumentando bajo el epígrafe de: “Violación de garantías fundamentales, existencia de defectos absolutos sancionados procesalmente con nulidad y por vulneración al debido proceso” (sic), que este Tribunal debe pronunciarse de oficio ante el desconocimiento de garantías fundamentales y la existencia de defectos o vicios absolutos por la vulneración del debido proceso, cuya sanción es la nulidad y cita la doctrina legal establecida en el Auto Supremo 404 de 18 de agosto de 2003
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia el imputado Freddy Orlando Torrico Escobar formuló recurso de apelación
- c) Notificado el recurrente con el referido Auto de Vista, el 30 de noviembre de
- Del memorial de fs. 180 a 182 vta., se extraen los siguientes motivos
- 2) Asimismo con el epígrafe: “Procedencia del recurso de casación por falta de control a
- Finalmente en el otrosí primero del memorial de recurso de casación señala como precedente adicional
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Los datos estadísticos sobre el movimiento de causas penales en este Tribunal Supremo, demuestran la
- También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- Ahora bien, en armonía con los criterios referidos, este Tribunal considera necesario precisar las siguientes
- Denuncia respecto a la valoración de la prueba
- En el caso de autos, respecto al primer requisito del recurso de casación, se constata
- Con relación a los motivos primero y segundo denunciados, relativos a una supuesta vulneración del
- Adicionalmente al denunciar la vulneración del debido proceso y la existencia de defectos absolutos, se
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
