Auto Supremo AS/0021/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0021/2015

Fecha: 02-Feb-2015

En grado de apelación formulada por Wilmer Sanjinéz Lineo, apoderado del Sr

VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 227 a 229, interpuesto por la Empresa Iluminación Total por contratación ITO, representada por Roy Luka Lavcevic Canedo, contra el Auto de Vista Nº 028/14 de 07 de febrero, cursante de fs. 222 a 224, emitido por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso coactivo social seguido por Wilmer Sanjinez Lineo, apoderado del Sr. Juan Edwin Mercado Claros, en su calidad de Director General Ejecutivo del Servicio Nacional del Sistema de Reparto “SENASIR”, contra la empresa recurrente, la respuesta de fs. 232 a 236, el auto de fs. 237, que concedió el recurso; los antecedentes del proceso y;
CONSIDERANDO I: Que, dentro el trámite del proceso Coactivo Social seguido por Servicio Nacional del Sistema de Reparto “SENASIR”, contra la Empresa Iluminación Total por contratación ITO, representada por Roy Luka Lavcevic Canedo, el Juez de Partido Tercero del Trabajo y Seguridad Social de La Paz, pronunció el Auto Interlocutorio de 23 de septiembre de 2013 de fs. 106 a 109, declarando probada en parte las reclamaciones de la parte coactivada contenida en su escrito de fecha 20/08/2013 de fs. 89 a 91 y escrito de fecha 30/08/2013 de fs. 98, con relación a la excepción perentoria de prescripción opuesta, debiendo a tal efecto la parte coactivante girar nueva nota de cargo por los periodos no prescritos que fueron detallados precedentemente, asimismo, se dispone sin lugar a la solicitud de ejecutoria del auto de salvendo de fecha 04/09/2012 de fs. 75, solicitada por la parte coactivante con escrito de fecha 10/09/2013 de fs. 101 a 102; sin costas.
En grado de apelación formulada por Wilmer Sanjinéz Lineo, apoderado del Sr. Juan Edwin Mercado Claros, en su calidad de Director General Ejecutivo del Servicio Nacional del Sistema de Reparto “SENASIR” de fs. 172 a 175, y recurso formulado de fs. 178 a 183 por la Empresa Iluminación Total por contratación ITO, representada por Roy Luka Lavcevic Canedo, la Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, emitió el Auto de Vista Nº 028/2014 de 07 de febrero, de fs. 222 a 224, revocando el auto motivado apelado y declara probada la demanda