Respecto al segundo agravio, en el que se alega que no se individualizó su participación,
Respecto al segundo agravio, en el que se alega que no se individualizó su participación, se quebrantó el principio de inmediación al no haber intervenido el juez en la audiencia de inspección realizada por el Ministerio Público, se lo condenó sin reunirse los elementos constitutivos del delito y se vulneró el principio de continuidad; si bien se invocó numerosos Autos Supremos; empero, por un lado, estos no fueron anunciados en apelación restringida, y por otro, se limitó a su mera cita, sin realizar la menor explicación de la contradicción con el Auto de Vista impugnado, es decir, cuál el sentido jurídico distinto que se asignó y que no coincidida con la doctrina legal establecida en materia penal, sea por haberse aplicado normas distintas o una misma norma con diverso alcance, deficiencias que imposibilitan la labor de contrastación que prevé la ley; en consecuencia, este motivo también resulta inadmisible
- Por memorial presentado el 23 de septiembre de 2009, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)Contra la mencionada Sentencia, el imputado Edson Marcelo Flores Villán interpuso recurso de apelación restringida
- c)Notificado el recurrente con el Auto de Vista impugnado el 17 de septiembre de 2009
- De la Revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- El art
- En este contexto, el art
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Conforme a lo normado en el art
- Ahora bien, con relación al primer agravio, en el que se denuncia defectos absolutos porque:
- Respecto al segundo agravio, en el que se alega que no se individualizó su participación,
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
