Auto Supremo AS/0030/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0030/2015-RA-L

Fecha: 04-Feb-2015

Respecto al segundo agravio, en el que se alega que no se individualizó su participación,


Respecto al segundo agravio, en el que se alega que no se individualizó su participación, se quebrantó el principio de inmediación al no haber intervenido el juez en la audiencia de inspección realizada por el Ministerio Público, se lo condenó sin reunirse los elementos constitutivos del delito y se vulneró el principio de continuidad; si bien se invocó numerosos Autos Supremos; empero, por un lado, estos no fueron anunciados en apelación restringida, y por otro, se limitó a su mera cita, sin realizar la menor explicación de la contradicción con el Auto de Vista impugnado, es decir, cuál el sentido jurídico distinto que se asignó y que no coincidida con la doctrina legal establecida en materia penal, sea por haberse aplicado normas distintas o una misma norma con diverso alcance, deficiencias que imposibilitan la labor de contrastación que prevé la ley; en consecuencia, este motivo también resulta inadmisible