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    Auto Supremo AS/0032/2015-RA-L
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0032/2015-RA-L

    Fecha: 04-Feb-2015

    SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA


    Firmado

    Magistrada Presidenta Dra. Maritza Suntura Juaniquina
    Magistrada Dra. Norka N. Mercado Guzmán
    Secretario de Sala Cristhian G. Miranda Dávalos
    SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • c) Notificada la recurrente con el Auto de Vista impugnado el 26 de octubre de
    • El art
    • En este contexto, el art
    • iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Los datos estadísticos sobre el movimiento de causas penales en este Tribunal Supremo, demuestran la
    • También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
    • Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
    • Ahora bien, en armonía con los criterios referidos, este Tribunal considera necesario precisar las siguientes
    • Denuncia respecto a la valoración de la prueba
    • Asimismo, respecto a la denuncia de una supuesta defectuosa valoración de la prueba, no especificó
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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