Conforme lo normado en el art
IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
Conforme lo normado en el art. 417 del CPP, el plazo máximo para la interposición del recurso de casación es de cinco días hábiles, verificándose en el presente caso que la recurrente fue notificada con el Auto de Vista impugnado el 5 de octubre de 2009, habiendo formulado recurso de casación el 9 del mismo mes y año, extremo que evidencia que dicho medio de impugnación se planteó dentro del plazo legal, además, ante el mismo Tribunal que emitió la Resolución impugnada
- Por memorial presentado el 9 de octubre de 2009, cursantes de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, la imputada Olga María Guerra Quispe interpuso recurso de apelación
- c) Notificada la recurrente con el referido Auto de Vista el 5 de octubre de
- De la revisión del recurso de casación se extraen los siguientes motivos
- 2) Respecto a su reclamo de apelación restringida relativa a la valoración de la prueba,
- El art
- En este contexto, el art
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Conforme lo normado en el art
- Ahora bien, en cuanto a la primera denuncia, en el cual se señala que el
- Respecto al Auto Supremo de 20 de septiembre de 2004, al haber declarado infundado el
- Con relación al segundo motivo, en el que se denuncia que el Tribunal de apelación
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
