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    Auto Supremo AS/0045/2015-RA-L
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0045/2015-RA-L

    Fecha: 04-Feb-2015

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 29 de septiembre de 2009, cursante de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • b) Contra la mencionada Sentencia, María Benedicta Amaro López interpuso recurso de apelación restringida (fs
    • c) Notificada la recurrente con el Auto de Vista impugnado el 24 de septiembre de
    • De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
    • 2) Como segundo agravio hace referencia a la ilegal incorporación de la prueba de descargo
    • 3) El tercer agravio está referido a la ampliación de la querella, en cuya argumentación
    • 4) Como cuarto agravio manifiesta que el Juez incurrió en defectuosa valoración de la prueba
    • En el acápite denominado “PRECEDENTES CONGRADICTORIOS LEGALES APLICABLES” (sic), invoca la Sentencia Constitucional 487/2004-R y
    • El art
    • En este contexto, el art
    • ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
    • iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
    • Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
    • Conforme a lo normado en el art
    • Con relación a los motivos primero, segundo y tercero, referido a que: i) Se vulneró
    • En el cuarto agravio la recurrente denuncia defectuosa valoración de la prueba por el Juez
    • Asimismo, en cuanto al argumento de la recurrente a tiempo de invocar el Auto Supremo
    • Finamente se deja constancia que, en relación a la Sentencia Constitucional 497/2004-R, en el marco
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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