La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
Por otro lado, de la lectura de los fundamentos del recurso de casación, es posible evidenciar el cumplimiento de los presupuestos de flexibilización, debido a que identificaron los supuestos hechos generadores del agravio, vinculados a la presunta vulneración de derechos fundamentales y/o garantías constitucionales, como son la supuesta falta de pronunciamiento fundamentado sobre los motivos denunciados en su apelación restringida, que lesionaría su derecho a la defensa y al debido proceso, explicando en qué consistieron las omisiones y deficiencias en las que incurrió el Tribunal de alzada, así como el resultado dañoso emergente de ellas, lo que a su sentir, provoca la confirmación de una Sentencia defectuosa. Por lo señalado, corresponde ser declarado admisible, al haberse cumplido los presupuestos de flexibilización.
POR TANTO
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 418 del CPP, declara ADMISIBLE el recurso de casación planteado por Amanda Irene Cuentas Rada y Guillermo Benito Cuentas Rada, de fs. 262 a 264 vta.; asimismo, en cumplimiento del segundo párrafo de la norma citada, se dispone que por Secretaría de Sala se haga conocer a las Salas Penales de los Tribunales Departamentales de Justicia del Estado Plurinacional, fotocopias legalizadas del Auto de Vista impugnado y el presente Auto Supremo
- Por memorial presentado el 21 de septiembre de 2009, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente argumento
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a
- iii) Como única prueba admisible, debe acompañarse copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- Los datos estadísticos sobre el movimiento de causas penales en este Tribunal Supremo, demuestran la
- También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- Ahora bien, en armonía con los criterios referidos, este Tribunal considera necesario precisar las siguientes
- Denuncia de falta de debida fundamentación o incongruencia omisiva
- cuenta que, fueron notificados con el Auto de Vista impugnado el 16 de septiembre de
- En cuanto a los motivos argumentados en casación, corresponde verificar el cumplimiento de los requisitos
- Respecto a la supuesta falta de fundamentación del Auto de Vista para rechazar su recurso
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
