Por memorial presentado el 24 de octubre de 2009 cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 052/2014-RA-L
Sucre, 04 de febrero de 2015
Expediente: Potosí 84/2009
Parte acusadora: Ministerio Público y otro
Parte imputada: Wilver Moisés Villalta Huallpa y otro
Delitos: Lesiones Graves y Leves
RESULTANDO
Por memorial presentado el 24 de octubre de 2009 cursante de fs. 95 a 96 vta., Florencio Cazorla Goitia y Wilver Moisés Villalta Huallpa, interponen recurso de casación impugnando el Auto de Vista 38/2009 de 14 de octubre de fs. 82 a 84, pronunciado por la Sala Penal Primera de la entonces Corte Superior de Justicia del Distrito de Potosí hoy Tribunal Departamental de Justicia, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Freddy Mondocorre Cruz contra los recurrentes por la presunta comisión del delito de Lesiones Graves y Leves, previsto y sancionado por el art. 271 del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 052/2014-RA-L
Sucre, 04 de febrero de 2015
Expediente: Potosí 84/2009
Parte acusadora: Ministerio Público y otro
Parte imputada: Wilver Moisés Villalta Huallpa y otro
Delitos: Lesiones Graves y Leves
RESULTANDO
Por memorial presentado el 24 de octubre de 2009 cursante de fs. 95 a 96 vta., Florencio Cazorla Goitia y Wilver Moisés Villalta Huallpa, interponen recurso de casación impugnando el Auto de Vista 38/2009 de 14 de octubre de fs. 82 a 84, pronunciado por la Sala Penal Primera de la entonces Corte Superior de Justicia del Distrito de Potosí hoy Tribunal Departamental de Justicia, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Freddy Mondocorre Cruz contra los recurrentes por la presunta comisión del delito de Lesiones Graves y Leves, previsto y sancionado por el art. 271 del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 24 de octubre de 2009 cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)Contra la mencionada Sentencia, los imputados Florencio Cazorla Goitia y Wilver Villalta Huallpa (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- Salas Penales, que ante la interposición del recurso de casación, les corresponde en base al
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad, se establece que los recurrentes
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
