Auto Supremo AS/0061/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0061/2015-RA-L

Fecha: 04-Feb-2015

Respecto al único motivo cuestionado relativo a que en el Auto de Vista se sostuvo


Respecto al único motivo cuestionado relativo a que en el Auto de Vista se sostuvo “…que las pruebas aportadas por el querellante Juan Carlos Enríquez Peñaranda, son idóneas y que se relacionan entre sí, y que no existe defecto como establece el Art. 370 de la Ley 1970”; sin corregir de oficio los errores procesales que vulneren derechos y garantías que impliquen defectos absolutos