La existencia de defecto absoluto en mérito a no haberse cumplido con las exigencias establecidas
La existencia de defecto absoluto en mérito a no haberse cumplido con las exigencias establecidas en los arts. 37 y 38 del CP y 124 del CPP; es decir, no se realizó una correcta fundamentación en la aplicación de la pena, al efecto transcribe parte de la doctrina legal aplicable establecida en los Autos Supremos 724 de 26 de noviembre de 2006 y 99 de 24 de marzo de 2005
- Por memorial presentado el 30 de octubre de 2009, cursante de fs
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- La existencia de defecto absoluto en mérito a no haberse cumplido con las exigencias establecidas
- El art
- En este contexto, el art
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se establece que el 26 de octubre de 2009, el
- Sin perjuicio de lo señalado supra, a los fines del cumplimiento a lo previsto por
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
