Auto Supremo AS/0072/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0072/2015-RA-L

Fecha: 04-Feb-2015

Finalmente, si bien el recurrente hace referencia, de manera meramente enunciativa, a la concurrencia de


Finalmente, si bien el recurrente hace referencia, de manera meramente enunciativa, a la concurrencia de defectos absolutos, debe tomarse en cuenta que el Tribunal de Casación admite el recurso en forma extraordinaria; empero, a condición de dar cumplimiento a los presupuestos de flexibilización descritos en el acápite III del presente fallo, los que tampoco fueron cumplidos ni sustentados por el recurrente, limitándose a enunciar a lo largo de su recurso y sin coherencia ni secuencia lógica, la presencia de defectos absolutos por vulneración de derechos constitucionales, argumentos confusos e insuficientes que impiden ingresar al fondo del motivo