Auto Supremo AS/0072/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0072/2015-RA-L

Fecha: 04-Feb-2015

Por otro lado, el recurrente olvida que la resolución de cuestiones incidentales, tales como la




Por otro lado, el recurrente olvida que la resolución de cuestiones incidentales, tales como la excepción de falta de acción que hubiera planteado por una supuesta falta de personería de la representante de la querellante, no es recurrible en casación, ya que el pronunciamiento del Tribunal de alzada sobre esta cuestión, no puede ser susceptible de impugnación por esta vía, siendo pertinente remitirnos a las previsiones contenidas en los arts. 50, 394 y 416 del CPP, aclarando que las cuestiones incidentales no son de competencia de este Tribunal, aún acudiendo a los presupuestos de flexibilización