Por otro lado, el recurrente olvida que la resolución de cuestiones incidentales, tales como la
Por otro lado, el recurrente olvida que la resolución de cuestiones incidentales, tales como la excepción de falta de acción que hubiera planteado por una supuesta falta de personería de la representante de la querellante, no es recurrible en casación, ya que el pronunciamiento del Tribunal de alzada sobre esta cuestión, no puede ser susceptible de impugnación por esta vía, siendo pertinente remitirnos a las previsiones contenidas en los arts. 50, 394 y 416 del CPP, aclarando que las cuestiones incidentales no son de competencia de este Tribunal, aún acudiendo a los presupuestos de flexibilización
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c)Notificado el recurrente con el Auto de Vista impugnado el 31 de agosto de 2009
- Señala el recurrente, pese a que en su apelación restringida denunció que la Sentencia carecía
- Por otro lado afirma que la Sentencia se funda en la declaración de Raquel Barahona
- Continúa su relato refiriendo que, el delito de Ejercicio Ilegal de la Profesión no fue
- Finalmente refiere que el Juez no realizó una valoración conforme el art
- El art
- la igualdad, de forma que todo ciudadano tenga la certeza y seguridad que la norma
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Conforme a lo normado en el art
- El recurrente señala que interpuso excepción de falta de acción con relación a la personería
- Por otro lado, el recurrente olvida que la resolución de cuestiones incidentales, tales como la
- Finalmente, si bien el recurrente hace referencia, de manera meramente enunciativa, a la concurrencia de
- Por todo lo señalado, este Tribunal constituye que el recurso sujeto a examen no cumple
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
