Por memorial presentado el 13 de noviembre de 2014, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 110/2015-RA
Sucre, 12 de febrero de 2015
Expediente : Santa Cruz 7/2015
Parte acusadora : Ministerio Público
Parte imputada : Blanca Elena Tuero Velásquez y otros
Delito : Transporte de Sustancias Controladas
RESULTANDO
Por memorial presentado el 13 de noviembre de 2014, cursante de fs. 1967 a 1169, Francisco Mendoza Anibarro, Fiscal de Sustancias Controladas, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 71 de 15 de septiembre de 2014, de fs. 1160 a 1164 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el recurrente contra Blanca Elena Tuero Velásquez y Claudia Fabiola Gutiérrez Tuero, por la presunta comisión del delito de Transporte de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el art. 55 de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas (Ley 1008)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 110/2015-RA
Sucre, 12 de febrero de 2015
Expediente : Santa Cruz 7/2015
Parte acusadora : Ministerio Público
Parte imputada : Blanca Elena Tuero Velásquez y otros
Delito : Transporte de Sustancias Controladas
RESULTANDO
Por memorial presentado el 13 de noviembre de 2014, cursante de fs. 1967 a 1169, Francisco Mendoza Anibarro, Fiscal de Sustancias Controladas, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 71 de 15 de septiembre de 2014, de fs. 1160 a 1164 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el recurrente contra Blanca Elena Tuero Velásquez y Claudia Fabiola Gutiérrez Tuero, por la presunta comisión del delito de Transporte de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el art. 55 de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas (Ley 1008)
- Por memorial presentado el 13 de noviembre de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)Contra la mencionada Sentencia, el representante del Ministerio Público presentó recurso de apelación restringida (fs
- c)El recurrente interpuso, recurso de casación el 13 de noviembre de 2014, que es objeto
- Del memorial que cursa de fs. 1967 a 1169, se extrae el siguiente motivo
- El art
- que la norma procesal y material será efectivamente aplicada por igual; además, esta labor se
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- De la revisión de antecedentes, se tiene que el recurrente fue notificado con el Auto
- Ahora bien, respecto a la denuncia referida a que el Tribunal de apelación así como
- En consecuencia, al no ser posible verificar la probable aplicación distinta de doctrina legal contenida
- Por lo expuesto, este Tribunal considera como graves las falencias del recurso de casación, razón
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
