Auto Supremo AS/0078/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0078/2015-RA-L

Fecha: 04-Mar-2015

Respecto al primer motivo, el recurrente incumple los requisitos señalados en los arts


Respecto al primer motivo, el recurrente incumple los requisitos señalados en los arts. 416 y 417 del CPP como son invocar un precedente contradictorio, establecer la situación de hecho similar y la supuesta contradicción entre los fundamentos del Auto de Vista impugnado y la doctrina del precedente; asimismo, sobre la injusta alteración de los fundamentos del Auto de Vista para negarle justicia, el recurrente omite especificar los mismos, que permitan comprender una supuesta vulneración sobre su derecho a la justicia, no señala cuál el hecho generador de ese agravio, la restricción o disminución del mismo; el resultado dañoso procedente del defecto aludido y las consecuencias procesales que tengan relevancia constitucional para que el motivo puede ser analizado bajo los supuestos de flexibilización contenidos en el acápite III de la presente resolución; resultando el motivo un cúmulo de alegaciones sin sustento, que lo único que demuestran son su disconformidad con el fallo; omisiones que determinan la inadmisibilidad del presente motivo