b) Contra la mencionada Sentencia, Raquel Magali Anivarro Cabral (fs
b) Contra la mencionada Sentencia, Raquel Magali Anivarro Cabral (fs. 796 a 799) e Ivonne Mirna Pareja Barbery apoderada de Ciro Pareja Barbery (fs. 803 a 805 vta.), interponen recursos de apelación restringida, resuelto por Auto de Vista 118/2009 de 20 de noviembre (fs. 841 a 843) emitido por la Sala Penal Segunda de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, que dispuso declarar improcedentes los recursos formulados, confirmando en consecuencia la Sentencia apelada
- Por memorial presentado el 7 de diciembre de 2009, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, Raquel Magali Anivarro Cabral (fs
- 1) Denuncia la falta de individualización en cuanto a su participación en el hecho denunciado,
- 2) Contradicción en la sentencia, basada en hechos inexistentes, no acreditados y valoración defectuosa de
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se establece que el 01 de diciembre de 2009, la
- Al primer motivo, referido a la denuncia la falta de individualización en cuanto a su
- El segundo motivo, referido a la presunta contradicción de la sentencia y que estaría basada
- Respecto de este motivo y de la invocación del precedente contradictorio al igual que lo
- Además, se deja establecido que respecto del recurso de casación en sus dos motivos, de
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
