Auto Supremo AS/0085/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0085/2015-RA-L

Fecha: 04-Mar-2015

Sobre el particular, corresponde señalar que no es posible admitir reclamos sobre supuestas ilegalidades o


Sobre el particular, corresponde señalar que no es posible admitir reclamos sobre supuestas ilegalidades o arbitrariedades que se hubieran cometido a tiempo de emitir la Sentencia de primera instancia y menos sobre actuaciones del Ministerio Público en dicha etapa, puesto que, no se trata de someter dicho fallo o actuaciones a control de legalidad, lo único que puede invadir el recurso de casación es la actuación de los Vocales que dictaron el Auto de Vista que resolvió la apelación restringida; lo que en definitiva no se cumplió por la parte recurrente, deviniendo los motivos formulados en inadmisibles por incumplimiento de las normas previstas por los arts. 416 y 417 del CPP