Auto Supremo AS/0095/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0095/2015-RA-L

Fecha: 04-Mar-2015

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 095/2014-RA-L
Sucre, 04 de marzo de 2015

Expediente: Santa Cruz 26/2010
Parte acusadora: Vrisni Efraín Olmos Saucedo
Parte imputada: Hugo Alberto Nuñez del Prado Feeney y otros
Delito : Cheque en Descubierto

RESULTANDO

Por memorial presentado el 16 de diciembre de 2009, cursante de fs. 135 a 137, Rubén Suárez Sánchez y Rosa Esther Campos Urey en representación legal de Hugo Alberto Nuñez del Prado Feeney, Ana Lucia Nuñez del Prado Feeney y Eduardo Nuñez del Prado Feeney, interponen recurso de casación impugnando el Auto de Vista 194 de 9 de diciembre de 2009, de fs. 131 a 133, pronunciado por la Sala Penal Primera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz ahora Tribunal Departamental de Justicia, dentro del proceso penal seguido por Isabel Saucedo de Olmos representada por Vrisni Efraín Olmos Saucedo contra los poderdantes de los recurrentes Rubén Suárez Sánchez y Rosa Esther Campos Urey en representación legal de Hugo Alberto Nuñez del Prado Feeney, Ana Lucia Nuñez del Prado Feeney y Eduardo Nuñez del Prado Feeney, por la presunta comisión del delito Cheque en Descubierto tipificado por el art. 204 del Código Penal (CP).

I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a)Por memorial presentado el 27 de marzo de 2008 (fs. 6 a 8), Isabel Saucedo de Olmos representada por Vrisni Efraín Olmos Saucedo, formalizó querella contra Jorge Eduardo, Hugo Alberto y Ana Lucia Nuñez del Prado, admitida por el Juzgado Quinto de Sentencia del Distrito Judicial de Santa Cruz a través del Auto de 31 de marzo de 2008 (fs.9 a 10)