La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el Art
POR TANTO
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el Art. 418 del CPP, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Rubén Suárez Sánchez y Rosa Esther Campos Urey en representación legal de Hugo Alberto Nuñez del Prado Feeney, Ana Lucia Nuñez del Prado Feeney y Eduardo Nuñez del Prado Feeney de fs. 135 a 137
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)Contra el mencionado Auto de admisión, Hugo Alberto, Ana Lucia y Jorge Eduardo Nuñez
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2)Alega como violadas las disposiciones contenidas en los arts
- El art
- en base al derecho objetivo, establecer la existencia o no de contradicción entre el fallo
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- De la revisión de los motivos primero y segundo de casación, se establece que el
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el Art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
