Por memorial presentado el 07 de junio de 2010, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 104/2015-RA-L
Sucre, 04 de marzo de 2015
Expediente: Tarija 9/2010
Parte acusadora: José Luis Méndez Pacheco
Parte imputada: Orlando Rodríguez Burgos
Delito : Apropiación Indebida
RESULTANDO
Por memorial presentado el 07 de junio de 2010, cursante de fs. 132 a 136, Marcelo Javier García Zeballos, apoderado legal de José Luis Méndez Pacheco, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 12/2010 de 22 de mayo (fs. 124 a 125 vta.), pronunciado por la Sala Penal de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija, en el proceso penal seguido por José Luis Méndez Pacheco contra Orlando Rodríguez Burgos, por la presunta comisión del delito de Apropiación Indebida Agravada, previsto y sancionado por el art. 345 con relación al art. 349 inc. 2) ambos del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 104/2015-RA-L
Sucre, 04 de marzo de 2015
Expediente: Tarija 9/2010
Parte acusadora: José Luis Méndez Pacheco
Parte imputada: Orlando Rodríguez Burgos
Delito : Apropiación Indebida
RESULTANDO
Por memorial presentado el 07 de junio de 2010, cursante de fs. 132 a 136, Marcelo Javier García Zeballos, apoderado legal de José Luis Méndez Pacheco, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 12/2010 de 22 de mayo (fs. 124 a 125 vta.), pronunciado por la Sala Penal de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija, en el proceso penal seguido por José Luis Méndez Pacheco contra Orlando Rodríguez Burgos, por la presunta comisión del delito de Apropiación Indebida Agravada, previsto y sancionado por el art. 345 con relación al art. 349 inc. 2) ambos del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 07 de junio de 2010, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De la revisión contenido del recurso de casación, se extraen los siguientes argumentos
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- iii) Como única prueba admisible, debe acompañarse copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- A lo señalado, se añade un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, se constata que el recurrente cumplió con el primer requisito
- En cuanto a los argumentos del recurso de casación, corresponde verificar el cumplimiento de los
- Dentro de ese contexto, los argumentos esgrimidos por el apoderado legal del recurrente, respecto a
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad reconocida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
