Auto Supremo AS/0106/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0106/2015-RA-L

Fecha: 04-Mar-2015

De la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente:

a) En merito a la acusación fiscal (fs. 4 a 12) y adhesión por parte de la acusación particular de Augusto Muñoz Camacho (fs. 18 y vta.), una vez desarrollada la audiencia de juicio oral, el Tribunal de Sentencia Primero de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, pronunció la Sentencia 03/2010 de 21 de enero (fs. 208 a 214), declarando a los imputados Andrés Claure y Zulma Vega Bernal, absueltos de culpa y pena de la comisión del delito de Estafa, previsto y sancionado por el art. 335 del CP. Por otro lado se les declaró autores y culpables de la comisión del delito de Estelionato, previsto y sancionado por el art. 337 del CP y se les impuso la pena de tres años de privación de libertad a cumplir en la cárcel pública de la ciudad de Sucre, sin costas por ser un fallo mixto, pero con responsabilidad civil en contra de los acusados. En aplicación del art. 366 del Código de Procedimiento Penal (CPP) otorgó el beneficio de la suspensión condicional de la pena