Auto Supremo AS/0110/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0110/2015-RA-L

Fecha: 04-Mar-2015

Por otro lado, si bien el recurrente denuncia la existencia de defectos absolutos; sin embargo,


Por otro lado, si bien el recurrente denuncia la existencia de defectos absolutos; sin embargo, el impetrante omite exponer en qué consiste la disminución o restricción de los derechos referidos y la concurrencia del defecto que señala, además, cuál el resultado dañoso producto del defecto, que hubiere derivado en una consecuencia procesal de relevancia constitucional, limitándose a enunciar de forma reiterada, simple y confusa respecto de la presentación de su querella y que este aspecto vulneró su derecho al debido proceso, a la defensa y a una justicia plural pronta, por lo que tampoco cumple con los presupuestos de flexibilización establecidos por este Tribunal, deviniendo el recurso en inadmisible