Por memorial presentado el 22 de diciembre de 2009, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 116/2015-RA-L
Sucre, 04 de marzo de 2015
Expediente: Potosí 4/2010
Parte acusadora: Ministerio Público y otra
Parte imputada: Juliana Del Castillo Eldara
Delitos: Allanamiento de domicilio o sus dependencias y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 22 de diciembre de 2009, cursante de fs. 110 y vta., Maria Betzabé López del Castillo, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 45/2009 de 9 de diciembre, de fs. 103 a 104 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y la recurrente contra Juliana Del Castillo Eldara por la presunta comisión del delito de Allanamiento de domicilio o sus dependencias y robo, previstos y sancionados por los arts. 298 y 331 del Código Penal (CP), respectivamente
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 116/2015-RA-L
Sucre, 04 de marzo de 2015
Expediente: Potosí 4/2010
Parte acusadora: Ministerio Público y otra
Parte imputada: Juliana Del Castillo Eldara
Delitos: Allanamiento de domicilio o sus dependencias y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 22 de diciembre de 2009, cursante de fs. 110 y vta., Maria Betzabé López del Castillo, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 45/2009 de 9 de diciembre, de fs. 103 a 104 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y la recurrente contra Juliana Del Castillo Eldara por la presunta comisión del delito de Allanamiento de domicilio o sus dependencias y robo, previstos y sancionados por los arts. 298 y 331 del Código Penal (CP), respectivamente
- Por memorial presentado el 22 de diciembre de 2009, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia Juliana Del Castillo Eldara formuló recurso de apelación restringida (fs
- c) Notificada la recurrente María Betzabé López del Castillo con el Auto de Vista impugnado,
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Es así que, con relación al único motivo, referido a que el Auto de Vista
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
