De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a) En mérito a la acusación del Ministerio Público (fs. 5 a 6), desarrollada la audiencia de juicio oral, el Juez Primero de Sentencia de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, emitió la Sentencia 23/2009 de 11 de septiembre (fs. 36 a 41 vta.), declarando a la acusada Fabiola Isabel Godoy Tavera, autora de los delitos de acción pública de allanamiento del domicilio o sus dependencias y amenazas tipificados por los arts. 298 segunda parte y 293 del CP, condenándola a sufrir la pena privativa de libertad dos años y siete meses a ser cumplida en el centro de readaptación Productiva de Santo Domingo de Cantumarca, el pago de ciento tres días multa a razón de Bs. 5.-(cinco bolivianos 00/100) por día, con costas y responsabilidad civil a favor de la parte querellante.
b) Contra la mencionada Sentencia, Fabiola Isabel Godoy Tavera formuló recurso de apelación restringida (fs. 46 a 49 vta.), siendo resuelto por el Auto de Vista 02/2010 de 11 de enero (fs. 73 a 75 vta.), que declaró improcedente el recurso de apelación restringida.
c) Notificada la recurrente Fabiola Isabel Godoy Tavera con el Auto de Vista, el 1 de febrero de 2010 (fs. 78 vta.), interpuso recurso de casación el 6 del mismo mes y año, el cual es motivo de análisis de admisibilidad
- Por memorial presentado el 6 de febrero de 2010, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos del recurso de
- 2) Más adelante, bajo el subtítulo de que: “No existe dosimetría penal entre lo solicitado
- 3) Adicionalmente la recurrente refiere que el Auto de Vista impugnado, incurrió en errores procedimentales,
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
